La condición de estar insolvente implica la imposibilidad de una persona o empresa para saldar las deudas pendientes en el plazo estipulado por contrato. Aquellos que se encuentran en esta situación son considerados insolventes, siendo esta categoría de insolvencia clasificada en dos tipos: insolvencia de flujo de efectivo y insolvencia de balance.
La insolvencia de flujo de caja o efectivo se presenta cuando una persona o empresa posee suficientes activos para pagar lo adeudado, pero carece de la liquidez adecuada. Por ejemplo, alguien puede disponer de una vivienda amplia y un automóvil de alto valor, pero no contar con suficientes activos líquidos para afrontar una deuda cuando vence. Por lo general, la insolvencia de flujo de efectivo puede resolverse mediante negociación, como cuando el cobrador de deudas opta por esperar hasta que se venda el automóvil y el deudor acepta pagar una multa.
Por otro lado, la insolvencia de balance = insolvente se manifiesta cuando una persona o compañía carece de activos suficientes para saldar la totalidad de sus deudas. Aunque la persona o entidad puede declararse en bancarrota, no siempre es el desenlace inevitable. En muchos casos, la negociación entre las partes puede resolver la situación sin llegar a la bancarrota.
Incluso en el caso de una empresa que se encuentra insolvente en su balance general, aún puede tener suficiente efectivo para pagar sus próximas facturas puntualmente. No obstante, la mayoría de las normativas no permitirán que la empresa salde dicha factura a menos que beneficie directamente a todos sus acreedores. Por ejemplo, un agricultor insolvente podría contratar personal para ayudar en la cosecha de sus cultivos, ya que dejar de cosechar y vender los productos agrícolas representaría una situación aún más desfavorable para sus acreedores.
Se ha sugerido que el orador o escritor debería referirse a la insolvencia técnica o insolvencia real para ser más preciso. La insolvencia técnica se equipara con la insolvencia de balance, donde los pasivos superan a los activos, mientras que la insolvencia real es sinónimo de la primera definición de insolvencia (“La insolvencia es la incapacidad de un deudor para pagar su deuda“). No obstante, es importante señalar que la insolvencia de flujo de efectivo y la insolvencia real no son términos intercambiables. La expresión “insolvente de flujo de caja” implica una fuerte connotación de que el deudor es solvente en términos de balance, mientras que el término “realmente insolvente” no lo implica necesariamente.